
31 Mar Renta 2021. Principales Novedades
El próximo miércoles 6 de abril de 2022 se inaugura la campaña de Renta 2021. La campaña finaliza, como todos los años, el día 30 de junio.
Las rentas que salgan a pagar y se domicilien tienen de plazo hasta el día 27 de junio de 2022.
Límites
Las personas que no obtengan rendimientos del trabajo superiores a 22.000€ anuales, no tendrán obligación de presentar su declaración. ¡Atención! este límite se fija en 14.000 euros cuando «el contribuyente tenga más de un pagador y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores, en su caso, superen los 1.500 euros”. LOS COBROS DE LOS ERTES SE CONSIDERAN SEGUNDO PAGADOR.
Principales Novedades
Rendimientos de Capital Inmobiliario
Nuevas deducciones por alquiler de locales a empresarios: Podrán deducirse gastos de alquiler a empresarios que tuviesen inmuebles alquilados durante los meses de enero, febrero y marzo de 2021 según el Real Decreto-Ley 35/2020, de 22 de diciembre.
Nuevas deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas: Se podrán deducir gastos de obras realizadas en la vivienda entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 y la cuantía dependerá del porcentaje de reducción del consumo energético que suponga la reforma.
Cantidades destinadas a la amortización: Inmuebles adquiridos a título gratuito
A efectos de determinar la amortización aplicable en el caso de inmuebles adquiridos a título gratuito por herencia o donación, el coste de adquisición satisfecho será el valor del bien adquirido en aplicación de las normas sobre Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado en estos gravámenes (excluido del cómputo el valor del suelo) más los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción y, en su caso, la totalidad de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos.
Aportaciones a Planes de Pensiones:
Hasta el año pasado, el límite de aportación a un plan de pensiones era de hasta 8.000€ tanto de planes de pensiones individuales como contribuciones empresariales, hasta un máximo del 30% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades económicas.
En la Renta 2021 el límite se reduce a 2.000€ para las aportaciones individuales que se pueden incrementar en 8.000€ adicionales por las contribuciones empresariales con el mismo límite del 30% anterior.
En el caso de ser aportaciones a planes de pensiones del cónyuge se reduce de 2.500 a 1.000€.
Si tienes dudas sobre cómo realizar tu declaración y prefieres que un profesional te la haga, no dudes en contactar con nuestro Departamento Fiscal en el teléfono 963950974
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