Cómo conseguir la Baja médica por covid sin acudir al centro de salud

La nueva ola de contagios por Covid protagonizada por la variante Ómicron ha supuesto un colapso del sistema público de salud y con ello se han visto afectadas las personas trabajadoras contagiadas y las empresas a las que pertenecen. Todo ello sin perjuicio de la sobrecarga de trabajo del personal sanitario y, como no, de las personas que tienen que ser atendidas por otras patologías distintas.

La afectación a trabajadores y empresas se ha traducido en la inseguridad jurídica, confusiones de diagnóstico, malos entendidos entre las partes y dificultad en la elaboración de las nóminas mensuales.

Por este motivo, la Generalitat Valenciana ha dispuesto un sistema telemático para que las personas trabajadoras puedan obtener su parte de baja sin desplazarse al centro de salud y, a su vez, puedan remitirlo a la empresa en la que prestan sus servicios. Pero para poder llevar a cabo este trámite se tiene que disponer de un resultado positivo de contagio efectuado por los centros de atención primaria, hospitales y consultas de la Consellería de Sanitat. También pueden validar este resultado los laboratorios y farmacias acreditadas a tal efecto.

Una vez diagnosticado el contagio, se puede solicitar la emisión del parte de baja médico, y la posterior descarga del mismo, a través de esta plataforma de la GVA: https://coronavirus.san.gva.es/es/solicitud-baja-laboral. Además, en ella se informa de todas las particularidades del trámite en lo que concierne a plazos y requisitos digitales.

Los efectos del contagio pueden ser diversos según la persona y, siendo así, el seguimiento del proceso se llevará a cabo por el servicio público de salud, como en cualquier otra patología, hasta que se produzca el alta médica.

Por último reseñar que, pese a que se informa en dicha plataforma que el Instituto Nacional de la Seguridad Social comunicará la baja directamente a la empresa, hay que matizar dos cuestiones importantes que debe conocer toda persona trabajadora que se encuentre en esta situación:

  • La empresa sólo recibe una información de la existencia de una baja médica pero no recibe el documento que recoge sus características y condiciones, y en ocasiones surgen discrepancias entre la información previa y la de los partes reales.
  • La obligación de entregar a la empresa los partes de baja, confirmación y alta médica sigue estando vigente para los empleados/as, ya sea física o digitalmente.

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