Campaña Renta 2016: Principales aspectos a tener en cuenta

El pasado miércoles 5 de abril de 2017 quedó inaugurada la campaña de Renta 2016 para la presentación telemática (el 11 de mayo dará inicio la presencial). La campaña finaliza, como todos los años, el día 30 de junio. Las rentas que salgan a pagar y se domicilien tienen de plazo hasta el día 26 de junio de 2017.

La novedad de este año es que desaparece definitivamente el programa Padre, que ya quedó el año pasado relegado a los declarantes de actividades económicas, básicamente a los trabajadores autónomos.

Los contribuyentes dispondrán del sistema ‘Renta web’, que sustituye al programa Padre y al borrador, siendo una mezcla de ambos. De esta forma se pretende simplificar el sistema para quien decida realizar su declaración por internet.  Este sistema servirá para todos los ciudadanos, incluidos los autónomos y empresarios, que el año pasado estaban excluidos

 

Las principales DEDUCCIONES ESTATALES que se pueden aplicar para reducir la factura de la renta son las siguientes:

  1. Deducción por inversión en vivienda habitual (comprada antes de 1-1-2013).
  2. Deducción por inversión en empresas de nueva creación.
  3. Deducción por alquiler de vivienda (contratada antes del 1-1-2015).
  4. Deducción cantidades pendientes obras de mejora en vivienda (realizadas en el 2012 por obras realizadas del 7/5/2011 al 31/12/2012 siempre que no estén afectas a actividad económica)
  5. Deducción por donativos y aportaciones.
  • Donativos a entidades beneficiarias del Mecenazgo.
  • Aportaciones a partidos políticos y agrupaciones de electores.
  • Deducción por actuaciones para proteger el patrimonio histórico español y mundial.
  1. Deducciones por incentivos a la inversión empresarial:
  • Inversión en I+D.
  • Creación de empleo.
  • Creación de empleo trabajadores discapacitados.
  • Producciones cinematográficas y artísticas.
  • Deducciones por gastos derivados de espectáculos de interés público ej: vuelta al mundo a vela de Alicante, recuperación patrimonio cultural Lorca, juegos del Mediterráneo 2017, etc.
  • Deducción por inversión en elementos de inmovilizado material.

 

Las principales DEDUCCIONES AUTONÓMICAS que se pueden aplicar para reducir la factura de la renta son las siguientes:

  1. Por nacimiento, acogimiento y adopción de hijos.
  2. Por nacimiento o adopción múltiple.
  3. Por nacimiento, acogimiento y adopción de hijos con discapacidad.
  4. Por familia numerosa.
  5. Por guarderías (hijos menores de 3 años o acogidos permanentes).
  6. Por contribuyente discapacitado (33%) de edad superior a 65 años.
  7. Por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad.
  8. Por realizar trabajos no remunerados en el hogar uno de los cónyuges (familia con 2 hijos).
  9. Por primera adquisición vivienda habitual menores de 35 años.
  10. Por adquisición de vivienda habitual discapacitados.
  11. Por adquisición/rehabilitación vivienda habitual con ayudas públicas.
  12. Por arrendamiento de vivienda habitual (contrato posterior a 23-4-1998).
  13. Por arrendamiento de vivienda por realizar actividad económica en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad.
  14. Por inversión en energías renovables para la vivienda habitual.
  15. Por donaciones con finalidad ecológica.
  16. Por donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano y fomento de la lengua valenciana.
  17. Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano.
  18. Por donaciones dinerarias a otros fines culturales.
  19. Por ayudas públicas de protección a la maternidad.
  20. Por adquisición de material escolar en centro publico o concertado de enseñanza Obligatoria y cuando uno de los progenitores está en situación de desempleo.
  21. Por obras calificadas de conservación, mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad a la vivienda.

 

Si tienes dudas sobre cómo realizar tu declaración y prefieres que un profesional te la haga, no dudes en contactar con nuestro Departamento Fiscal en el Tel. 963 950 974 .

¿Te ha parecido interesante este artículo?. ¡¡Compártelo en tus redes sociales!!