¿Puedo viajar o hacer deporte estando de baja por Incapacidad Temporal?

Esta es una pregunta muy recurrente. Cualquier proceso de Incapacidad Temporal, ya sea por enfermedad común, accidente laboral o no laboral, supone una suspensión en la práctica del contrato de trabajo y cualquiera de estos procedimientos está tutelado por un Facultativo de Salud Publica o de Mutua (en caso de Accidentes).El/la trabajadora deberá atender a las prescripciones médicas, así como las visitas marcadas por el Facultativo, para procurar su cura definitiva o mejora que le permita la vuelta al trabajo. De hecho, según la Ley General de la Seguridad social, en el artículo 175 indica que se puede perder la prestación por incapacidad temporal en el caso de que el trabajador actúe fraudulentamente, tanto para conseguir la baja como para alargarla, o si rechaza o abandona el tratamiento que le han puesto los médicos para recuperarse.

Ahora bien, no toda baja implica que el trabajador tenga que estar en casa sin poder salir pero, en cualquier caso, si decidimos viajar, salir con nuestros amigos o hacer deporte, tiene que estar aprobado o recomendado, según lo que comentamos en el párrafo anterior, bajo prescripción médica, es decir, con el permiso expreso del facultativo.

¿Puede denegarme mi médico de cabera o Mutua, el permiso a viajar, salir de fiesta o practicar deporte, en cualquier caso?

La respuesta es que NO. Hay que tener en cuenta que cada caso de Incapacidad Temporal es un mundo y que dependerá tanto del estado del paciente, como del lugar a donde viajemos. Por ejemplo: si el motivo de la baja es un proceso infeccioso grave y decidimos viajar a un destino donde puede empeorar nuestra salud, y por lo tanto retrasar el proceso de mejora, el facultativo nos dirá que no, pero si, por lo contrario, el paciente está sumido en una depresión o tienes cuadros de ansiedad, probablemente te recomienden viajar o realizar actividades que supongan un alivio a nuestra enfermedad. Lo mismo pasaría con la practica de deporte; no nos van a recomendar que lo practiquemos si tenemos, por ejemplo, una pierna rota, pero a lo mejor sí si sufrimos dolores de espalda y es recomendable alguna actividad que ejercite la zona sin llegar a dañarla más.

En definitiva, en los procesos de baja por Incapacidad temporal, ante la mínima duda en referencia a realizar o no cualquier actividad, que no sea lo cotidiano, consulta con el Médico que tutele tu proceso de baja.

 

Si tienes cualquier duda al respecto o necesitas que un profesional te asesore, ponte en contacto con el Departamento Laboral de Dalgo Consultores. Estaremos encantados de ayudarte.

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