¿Qué autónomos pueden aplicarse la retención reducida?

Como sabrás, las facturas que emiten los profesionales autónomos a personas jurídicas o a otros autónomos están sometidas a retención del 15%. Las facturas emitidas a particulares no están sujetas a retención del IRPF.

No obstante, los autónomos pueden acogerse a una retención reducida del 7% siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Siempre que se encuentren en el período impositivo de inicio de la actividad o en los dos siguientes,
  2. siempre y cuando no hubieran ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades,
  3. el profesional debe de comunicar al cliente mediante documento firmado que cumple las condiciones que se exigen para acogerse a la retención reducida.

Si eres autónomo o empresa y recibes una factura de un profesional autónomo con retención del 7% deberas solicitar a dicho autónomo una declaración firmada en la cual manifieste que cumple con los requisitos para que se le aplique la retención del 7%.

Si tienes cualquier duda al respecto o necesitas que un profesional te asesore, ponte en contacto con el Departamento Fiscal de Dalgo Consultores. Estaremos encantados de ayudarte.

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